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Sentencia N ° 04258-2014-PA/TC -Moquegua

Actualizado: 31 ene 2021


Fundamento jurídico relevante:

4. En este caso, desde una perspectiva objetiva, tenemos que el proceso laboral abreviado de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, Ley 29497, cuenta con una estructura idónea para acoger la pretensión del demandante y darle tutela adecuada. Es decir, el proceso laboral se constituye en una vía célere y eficaz respecto del amparo, donde puede resolverse el caso iusfundamental propuesto por el demandante, de conformidad con el fundamento 27 de la Sentencia 02383-2013- PA/TC.

5.Por otro lado, atendiendo a una perspectiva subjetiva, en el caso de autos no se ha acreditado un riesgo de irreparabilidad del derecho en caso se transite la vía ordinaria. De igual manera, tampoco se verifica la necesidad de tutela urgente derivada de la relevancia del derecho en cuestión o de la gravedad del daño que pudiera ocurrir. Así́, de autos no se aprecia que el promedio de remuneraciones del recurrente sea menor a la suma de S/ 1352, monto base que se obtiene de establecer la línea.

6.Por otro lado, atendiendo a que la demanda de autos fue interpuesta con anterioridad a la publicación de la sentencia emitida en el Expediente 02383-2013- PA/TC en el diario oficial El Peruano, corresponde habilitar el plazo para que, en la vía ordinaria, la parte recurrente pueda demandar, si así́ lo estima pertinente, el reclamo de sus derechos presuntamente vulnerados, conforme se dispone en los fundamentos 18 a 20 de la precitada sentencia.

Fuente: Información recuperada a partir de:https://jurisprudencia.sedetc.gob.pe/sistematizacion-jurisprudencial/busqueda


SENTENCIA N. 04258-2014-AA-TC
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