top of page

IMPUGNACIÓN DE SANCIÓN DISCIPLINARIA Y OTRO




SUMILLA: El derecho de huelga debe ejercerse en armonía con el interés público respetando los procedimientos legales establecidos, pues, de lo contrario en caso de declararse ilegal la misma, el empleador tiene la posibilidad de aplicar medidas disciplinarias a los trabajadores que en ningún caso puede llegarse al despido.


CASO MATERIA DEL RECURSO DE CASACIÓN


El demandante interpuso demanda con fecha veintiséis de julio de dos mil dieciséis, subsanada mediante escrito que corre de fojas veintidós a veintitrés, solicitando como pretensión principal que se deje sin oficio la Carta de fecha veinte de julio de dos mil dieciséis por la que se le suspende el día veintiocho de julio de dos mil dieciséis sin goce de haber; como pretensión accesoria pide que se le pague la remuneración por un día de suspensión a razón de ciento cincuenta y nueve con 66/100 soles (S/. 159.66) por día; que se incluya el día suspendido dentro del record de días laborados para los efectos de la percepción de la gratificación de fiestas patrias, descanso vacacional, remuneración vacacional, participación de utilidades y la compensación por tiempo de servicios; y que se retire del file personal al antecedente de suspensión; más e3l pago de las costas y costos del proceso.


También pueden descargar en versión de PDF

RECURSO DE CASACIÓN N° 25646-2017-AREQUIPA
.pdf
Descargar PDF • 895KB

Información recuperada a partir de:


199 visualizaciones0 comentarios

Entradas recientes

Ver todo

© 2020 Creado y manejado por el equipo del Instituto Peruano de Droit

Nuestras redes

  • Facebook - círculo blanco
  • YouTube - círculo blanco
bottom of page