CasaciĆ³n NĀ° 11823-2015-Lima
- CASSELY MOISES SUAREZ ROMAN
- 31 dic 2020
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Actualizado: 31 ene 2021

SUMILLA: Las remuneraciones depositadas en una cuenta de ahorros sueldo, no pierden tal calidad, y por lo tanto, al ser inembargables conforme a lo dispuesto por el artĆculo 648 numeral 6) del CĆ³digo Procesal Civil hasta el monto de 5 URP, se encuentra prohibida su compensaciĆ³n a tenor de lo previsto en el artĆculo 1290 del CĆ³digo Civil.